Puedes reclamar la devolución de la Plusvalía. Si has vendido una propiedad en los últimos 4 años, puede que hayas pagado de más o que no te correspondiera pagar ese impuesto.

¿QUÉ ES EL IMPUESTO DE PLUSVALÍA MUNICIPAL?

Es el impuesto que se paga en cada Ayuntamiento siempre que se cambia la titularidad de una propiedad, un terreno o inmueble.

Es el aumento del valor que ha sufrido esa propiedad en los años comprendidos entre su adquisición y su transmisión a otro titular.

¿QUIÉN DEBE PAGAR LA PLUSVALÍA?

La plusvalía municipal debe pagarla, normalmente, la persona que transmite esa propiedad, quien la vende. Quien gana dinero por transmitir el terreno o el inmueble, el vendedor.

Sin embargo, en los casos de donación, donde no hay una contraprestación económica, la plusvalía la paga quien recibe la propiedad.

Al cambiar la titularidad de un terreno o inmueble, es necesario ir al Ayuntamiento y pagar la Plusvalía o esperar que te llegue una carta solicitando el pago. Tardarán más o menos, dependiendo de cada Ayuntamiento, aunque lo normal es que tarden un año aproximadamente.

¿CÓMO SE CALCULA LA PLUSVALÍA?

Al ser un impuesto local, que cobra cada Ayuntamiento, cada uno establece su baremo, su propia tabla para poderlo calcular, así como diferentes bonificaciones.

Para calcular la plusvalía, se tiene en cuenta el valor catastral del terreno que figura en el IBI y los años en que se ha sido dueño de la propiedad.

El valor catastral puede verse fácilmente en cualquier recibo del IBI.

Para calcular tú mismo la plusvalía puedes hacerlo desde esta CALCULADORA DE PLUSVALÍA.  Es una simulador de Plusvalía para cualquier localidad de España. Solo debes introducir los datos que te piden.

 

¿TE DESGRAVA EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA EL PAGO DE LA PLUSVALÍA?

Al hacer la declaración de la renta, declaras la venta de una propiedad y debes indicar la ganancia que esa venta te produjo.

Sin embargo, el Impuesto de Plusvalía, hace que las ganancias por la venta sean menores por lo que debes indicarlo, ya que supondrá un importante descuento.

El problema es que cuando hagas tu declaración, el mismo año en el que se vendió el inmueble, aún no vas a saber la cantidad por el Impuesto de Plusvalía que debes abonar.  Lo normal es que no lo tengas hasta el año siguiente y para poder aplicar la deducción por dicho impuesto, debes haberlo ya abonado e incluirlo en la misma declaración donde pones la venta.

En estos casos, debes hacer la declaración sin incluirlo y cuando lo tengas, aunque sea al cabo de 1 año, debes presentar una rectificación de la Declaración de la Renta ya presentada, con el justificante de haber abonado la Plusvalía.

Tienes un plazo de 4 años para rectificar una Declaración de la Renta. No te quedes sin hacerlo.

 

RECLAMAR LA PLUSVALÍA MUNICIPAL. CUANDO PUEDE HACERSE

Recientemente los tribunales, tanto el Tribunal Supremo como el Constitucional, ha dejado claro que quienes tengan pérdidas en la venta de su casa, NO DEBEN PAGAR EL IMPUESTO DE PLUSVALÍA.

También han demostrado que muchos Ayuntamientos utilizaban, y aún utilizan, una fórmula errónea para realizar el cálculo de la Plusvalía.

En estos casos, tienes el derecho a reclamar la devolución de dicho impuesto o de la cantidad que se ha pagado de más.

En España, la mayoría de las Plusvalías están mal calculadas. Puedes reclamar incluso las que has pagado hace 4 años.

Primero debes pagar y luego reclamar.

 

COMO RECLAMAR LA PLUSVALÍA

Seguramente, muchas veces no has reclamado un dinero al que tenías derecho por miedo a los gastos, a que perdieras la reclamación y encima perdieras más dinero.

Hacer la reclamación de la Plusvalía puede ser un proceso largo, ya que lo normal es que el Ayuntamiento no esté dispuesto a devolvértela de buena gana, por lo que a veces es necesario llegar a juicio con el consiguiente gasto. Y si pierdes, el gasto será aún mayor.

Por suerte, ahora, hay empresas que se ocupan de gestionar este trámite por una pequeña cantidad o incluso NO TE COBRAN NADA SI NO TE DEVUELVEN EL DINERO, SOLO TE COBRAN UN PORCENTAJE DEL DINERO RECUPERADO.

Y son empresas que se ocupan de todo. Puedes reclamar con total tranquilidad, sin complicaciones de papeleos,  sin tener que buscar abogado y adelantar un dinero que no sabes si recuperarás.

Una de las mejores empresas en España es Reclamador.

En Reclamador, gestionan tus reclamaciones sin cobrarte nada si no recuperas nada. Te cobran entre un 20 y un 25% del dinero que recuperes. SOLO TE COBRAN UN PORCENTAJE DEL DINERO QUE RECUPERAS EN CASO DE QUE LO RECUPERES.

 

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COMO RECLAMAR TU PLUSVALÍA CON RECLAMADOR

En Reclamador, se ocupan de todo y solo cobran si tú ganas. Si te devuelven parte de lo que has pagado, debes pagar el 20% de lo que te devuelvan.

Solo debes acceder a la página y seleccionar Reclamación del Impuesto de Plusvalía.

Te pedirán unos datos que debes subir a su página: el DNI de la persona que lo ha pagado, el Recibo del Impuesto y el comprobante de que has pagado ya la plusvalía.

Un equipo de abogados se ocupa de todo. Estudiarán tu caso y te dirán si tienes derecho a devolución.

En caso de que la tengas, debes autorizarles a iniciar los trámites para solicitar la devolución.

Te van informando de todos los pasos que van dando y de los resultados que se van produciendo.

Con Reclamador, te olvidas de todo, ellos se ocupan y solo te cobran si tú ganas.Por ese motivo, puedes estar seguro de que harán todo lo necesario para que te devuelvan lo que te corresponde.

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